INDICADORES SOCIOECONÓMICOS BÁSICOS
GRUPO DE INGRESOS: RENTA MEDIA ALTA
MONEDA LOCAL: QUETZAL (GTQ)
POBLACIÓN Y GEOGRAFÍA
- Superficie: 108 890 km2 (2018)
- Población: 16,858 millones de habitantes (2020), un aumento del 1,9% anual (2015-2020)
- Densidad: 155 habitantes / km2 (2020)
- Población urbana: 51,8% de la población nacional (2020)
- Crecimiento de la población urbana: 2,3% (2020 en relación a 2019)
- Capital: Ciudad de Guatemala (5,6% de la población nacional, 2020)
DATOS ECONÓMICOS
- PIB: 149.300 millones (dólares internacionales PPA actuales), es decir, 8.854 dólares por habitante (2020)
- Crecimiento real del PIB: -1,5% (2020 en relación a 2019)
- Tasa de desempleo: 3.6% (2021)
- Inversión extranjera directa, entradas netas (IED): 853 (BoP, millones de USD corrientes, 2020)
- Formación Bruta de Capital Fijo (FBCF): 13,5% del PIB (2020)
- IDH: 0,663 (medio), puesto 127 (2019)
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL MARCO DE GOBERNANZA MULTINIVEL
En la Carta Magna de 1985, la República de Guatemala se define como un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el pleno goce de sus derechos y libertades; su sistema de gobierno corresponde a un modelo republicano, democrático y representativo (Art. 140 de la Constitución Política de la República de Guatemala, CPRG). El más alto cargo de la nación está encabezado por el presidente y el vicepresidente, ambos elegidos por el pueblo para un período improrrogable de cuatro años mediante sufragio universal con voto secreto. El poder legislativo lo ostenta el Congreso de la República, compuesto por representantes elegidos directamente por la población en sufragio universal con voto secreto mediante un sistema de circunscripciones electorales y una lista nacional. Ejercen un mandato de cuatro años con posibilidad de reelección (Art. 157 de la CPRG). Las responsabilidades del Congreso incluyen la aprobación, reforma y derogación de leyes, así como la aprobación, modificación o rechazo de los presupuestos del Estado (Art. 171 de la CPRG). El poder judicial recae en los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, elegidos por el Congreso de la República por un periodo de cinco años, integrado por 26 candidatos propuestos por una comisión de postulación (Art. 215 de la CPRG).
La política de descentralización está dirigida por la Dirección General de Descentralización (DGD o Dirección General de Descentralización), dependiente de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP o Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia), de acuerdo con la Ley de Descentralización, decreto 14-2022, y la Agenda Nacional de Descentralización, que se aplica a los 340 municipios del país. El órgano ejecutivo pretende llevar los servicios públicos a todas las partes del país y garantizar que los municipios sepan cómo ponerlos en funcionamiento.
La organización y coordinación de la administración pública depende delConsejo de Desarrollo Urbano y Rural, coordinado por el presidente de la República y constituido en la forma prescrita por la ley. Este Consejo se encarga de formular las políticas de desarrollo urbano y rural, así como de la ordenación del territorio (Art. 225 de la CPRG). Todos los artículos mencionados están tomados de la Constitución Política de la República de Guatemala, CPRG del 31 de mayo de 1985, reformada el 24 de noviembre de 1993.
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL |
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NIVEL MUNICIPAL | NIVEL INTERMEDIO | NIVEL REGIONAL | NÚMERO TOTAL DE SNG (2021) | |
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Municipios (municipalidades) |
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Tamaño medio de los municipios 49 583 |
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340 | 340 |
DESCRIPCIÓN GENERAL: El territorio de la República está dividido a efectos administrativos en ocho regiones, 22 departamentos y 340 municipios. Los municipios constituyen el único nivel de gobierno descentralizado del país. Son gobiernos autónomos que administran sus recursos de acuerdo con las políticas nacionales de desarrollo.
ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL ESTATAL: Las regiones son entidades desconcentradas. La participación a nivel regional está coordinada por el Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural. Este consejo está presidido por un representante del presidente de la República e integrado por (i) los gobernadores de los departamentos que conforman la región, (ii) un representante de las corporaciones municipales de cada uno de los departamentos incluidos en dicha región y (iii) los representantes de las entidades públicas y privadas establecidas por ley. Los presidentes de estos consejos son miembros natos delConsejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural (Art. 226 de la CPRG).
Los departamentos son también entidades desconcentradas cuya función principal es coordinar las instituciones gubernamentales a nivel departamental. Son gestionados por los gobiernos departamentales, que están dirigidos por un gobernador, nombrado por el presidente de la República. Reúne las mismas cualidades que un ministro de Estado y goza de las inmunidades de la presidencia ejecutiva, debiendo estar domiciliado durante los cinco años anteriores a su nombramiento en el departamento para el que es designado (Art. 227 de la CPRG). El gobernador preside un consejo formado por los alcaldes de todos los municipios del departamento y representantes del sector público y privado organizado, y que se encarga de promover el desarrollo del departamento (Art. 228 de la CPRG). Los departamentos más poblados son Guatemala con un 20,9% (3,5 millones de habitantes), Huehuetenango con un 8,1% y Alta Verapaz con un 7,9%, mientras que los menos poblados son Baja Verapaz con un 2%, Zacapa con un 1,6% y El Progreso con un 1,1%. Tanto los consejos regionales como los departamentales "deberán recibir del gobierno central el apoyo financiero necesario para su funcionamiento" (Art. 229 de la CPRG).
NIVEL MUNICIPAL: Los municipios de la República de Guatemala, como conjunto de agentes y relaciones sociopolíticas y económicas dentro de sus respectivos territorios, son instituciones autónomas (adaptado del Art. 253 de la CPRG). En este sentido, el gobierno municipal está a cargo de un concejo integrado por el alcalde, síndicos y regidores, electos directamente por voto secreto y sufragio universal para un período de cuatro años, con opción a ser reelectos (Art. 254 de la CPRG). 106 municipios tienen una población superior a la media (49 583 habitantes) mientras que 234 están por debajo de la media. Los tres municipios con mayor población son: Ciudad de Guatemala con un 7% (1,2 millones), Mixco con un 2,9% y Villa Nueva con un 2,8%, mientras que los de menor población son: Santa Catarina Barahona con el 0,03%; San Marcos la Laguna con el 0,017%, y Santa María Visitación con el 0,015%.
COOPERACIÓN HORIZONTAL: La representación y empoderamiento de los municipios se organiza a través de las mancomunidades. Éstas pueden agruparse para defender sus intereses y cumplir con sus objetivos generales y los que garantiza la Constitución Política de la República y, en consecuencia, celebrar convenios y contratos para el desarrollo compartido y el fortalecimiento institucional. Las asociaciones formadas por municipios tienen personería jurídica propia e independiente de cada municipio constituyente. Se constituyen para la defensa de sus intereses municipales, departamentales, regionales y nacionales y para la formulación, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos, para la planificación, ejecución y evaluación de la ejecución de obras o para la prestación de servicios municipales. Las asociaciones de municipios a nivel departamental, regional o nacional se rigen por las normas delCódigo Municipal (CM) y los estatutos que se aprueben. Los municipios constituyentes están representados por el alcalde o un delegado designado (Art. 10 del CM). A nivel nacional existen dos asociaciones: la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM o Asociación nacional de municipalidades), y la Asociación de Alcaldes y Autoridades Indígenas (AGAAI o Asociación de Alcaldes y Autoridades indígenas). El artículo 49 del CM permite a los municipios formar asociaciones entre dos o más municipios con personalidad jurídica propia para prestar servicios públicos bajo su jurisdicción. Actualmente existen 10 asociaciones de este tipo en el país.
Responsabilidades de los gobiernos subnacionales
Según el Art. 68 del Código Municipal, las competencias propias del municipio pueden ser ejercidas por el municipio, por dos o más municipios en virtud de un acuerdo, o por una asociación de municipios. La prestación de servicios públicos municipales también puede delegarse según el Art. 73 del CM.
El municipio también puede ejercer competencias delegadas previa solicitud al gobierno central, como la construcción y el mantenimiento de carreteras, la aplicación de normas de higiene a la producción de alimentos, la gestión de la educación primaria y preescolar, la gestión medioambiental, la construcción y el mantenimiento de edificios escolares y la salud preventiva. Los programas y proyectos se ejecutan en virtud de convenios con el gobierno central (Art. 70 de la CM). Esta delegación debe estar dotada de los recursos necesarios para que pueda llevarse a cabo sin menoscabo de su autonomía.
Principales ámbitos y subámbitos de responsabilidad |
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ÁMBITOS Y SUBÁMBITOS | Nivel municipal |
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1. Servicios públicos generales (administración) | Gestión fiscal y administrativa de la entidad municipal |
2. Orden público y seguridad | Policía municipal |
3. Asuntos económicos/transporte | Mercados, mataderos, cementerios,pavimentación de carreteras, regulación del transporte de pasajeros y mercancías y sus estaciones locales; suministro de electricidad; autorización de zonas para establecimientos abiertos al público, licencias de construcción |
4. Protección del medio ambiente | Limpieza, recogida, tratamiento y eliminación final de aguas residuales y residuos sólidos; autorización de megafonías; viveros forestales; gestión medioambiental (compartida). |
5. Vivienda y servicios comunitarios | Suministro de agua potable, alcantarillado; alumbrado público. |
6. Salud | Gestión y administración de farmacias municipales; construcción de centros de salud (compartidos). |
7. Cultura y ocio | Administración de bibliotecas públicas municipales. |
8. Educación | Construcción de escuelas (compartida) |
9. Protección social | Pensionistas (empleados municipales) |
Finanzas públicas subnacionales
Alcance de los datos financieros: Municipios | Ministerio de Finanzas | Disponibilidad de datos financieros: Media |
Calidad/fiabilidad de los datos financieros: Media |
INTRODUCCIÓN GENERAL: El marco presupuestario guatemalteco se fundamenta en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal según lo estipulado en la Constitución Política de la República (Art. 237). El sistema presupuestario comprende la planificación, programación, organización, coordinación, ejecución, control de la adquisición y uso de los recursos públicos bajo los principios de legalidad, economía, eficiencia, eficacia, calidad, transparencia, equidad y publicidad en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos según las políticas establecidas (Art. 1 de la Ley de Presupuesto 101-97, LOP o Ley Orgánica del Presupuesto). En 2020, los ingresos y gastos del gobierno local de Guatemala ascendieron al 2,2% del PIB y representaron el 13,5% y el 11,7%, respectivamente, de los ingresos y gastos del gobierno general.
Los municipios inician su ciclo presupuestario con el Plan Operativo Anual, que debe estar alineado con los objetivos estratégicos del gobierno central y con el Plan Nacional de Desarrollo katun 2032, así como con los objetivos de desarrollo sostenible. Elaboran su presupuesto preliminar de ingresos y gastos, que debe ser presentado al consejo municipal antes de la primera semana de octubre de cada año y debe ser aprobado o rechazado por el consejo municipal antes del 15 de diciembre de cada año. Si el nuevo mandato comienza sin que el presupuesto haya sido aceptado, el presupuesto del año anterior sigue siendo válido y puede ser modificado por decisiones del consejo municipal (Art. 131 de la CM).
Gasto de los gobiernos subnacionales según la clasificación económica |
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2020 | Dólares PPA / habitante | % PIB | % gobierno general | % gobierno subnacional |
---|---|---|---|---|
Gasto total | 190 | 2.2% | 11.7% | 100.0% |
Incl. gastos corrientes | 68 | 0.8% | 5.5% | 35.8% |
Gastos de personal | 40 | 0.5% | 9.9% | 21.3% |
Consumo intermedio | 20 | 0.2% | 12.6% | 10.6% |
Gastos sociales | - | - | - | - |
Subvenciones y transferencias corrientes | 2 | 0.0% | 0.5% | 1.0% |
Gastos financieros | 3 | 0.0% | 1.6% | 1.7% |
Otros | 2 | 0.0% | 23.2% | 1.2% |
Incl. gastos de capital | 122 | 1.4% | 31.5% | 64.2% |
Transferencias de capital | 4 | 0.1% | 2.5% | 2.3% |
Inversión directa (o FBCF) | 117 | 1.3% | 56.0% | 61.9% |
Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del gasto del gobierno general
- Gasto total
- Gastos de personal
- Gastos sociales corriente
- Inversión directa
- 0%
- 15%
- 30%
- 45%
- 60% 75%
Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del PIB
- Gastos de personal
- Consumo intermedio
- Gastos sociales corriente
- Subvenciones y otras transferencias corrientes
- Gastos financieros + otros gastos corrientes
- Gastos de capital
- 5% 4%
- 3%
- 2%
- 1%
- 0%
GASTOS: La clasificación económica de los gastos se divide en dos categorías: la primera, que comprende los gastos de funcionamiento de los municipios que representan el 35,8% del total, compuesto por los salarios del personal en un 21,3% y el consumo de materiales y equipos en un 10,6%; la segunda, que comprende los gastos de capital en un 64,2% del total ejecutado en 2020, siendo los gastos de inversión directa casi el 62% del total de los gastos de los municipios. El gasto total ejecutado por los gobiernos locales representa el 11,7% del gasto público general, el 2,2% del producto interior bruto (PIB) y un gasto per cápita de 190 dólares PPA. El gasto de capital ha crecido constantemente desde mediados de la década. En 2017 representó el 62% del gasto municipal total, el 64% en 2018 y el 67% en 2019. El ligero descenso en 2020 está relacionado con el impacto de la pandemia de COVID-19.
INVERSIÓN DIRECTA: La inversión directa forma el capital fijo de los municipios a través de los programas, proyectos y obras que se planifican y ejecutan en sus jurisdicciones. Se compone de la construcción de edificios e instalaciones, la adquisición de bienes existentes, la compra de maquinaria, equipos y otros bienes muebles, la construcción de bienes nacionales de uso común y la construcción de bienes nacionales que no son de uso común, además de los terrenos y terrenos del patrimonio municipal. Por término medio, los municipios del país realizan una inversión directa de 117 USD PPA per cápita, lo que representa el 56% de la inversión de las administraciones públicas. En otras palabras, los municipios invierten más que el gobierno central. La inversión directa de los municipios representó el 1,3% del PIB en 2020.
Gasto público subnacional por clasificación funcional |
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2020 GG consolidado | Dólares PPA / habitante | % PIB | % gobierno general | % gobierno subnacional |
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Gasto total por función económica | 190 | 2.2% | - | 100% |
1. Servicios públicos generales | 58 | 1% | 18% | 30.5% |
2. Defensa | 0 | 0.0% | 0.2% | 0% |
3. Orden público y seguridad | 9 | 0.1% | 5.4% | 4.5% |
4. Asuntos económicos/transporte | 35 | 0.4% | 24% | 18.6% |
5. Protección del medio ambiente | 21 | 0.2% | 8.8% | 11.2% |
6. Vivienda y servicios comunitarios | 36 | 0.4% | 23% | 19.1% |
7. Salud | 5 | 0.1% | 4.4% | 2.6% |
8. Ocio, cultura y religión | 8 | 0.1% | 37.4% | 4.1% |
9. Educación | 14 | 0.2% | 4.4% | 7.1% |
10. Protección social | 4 | 0.1% | 3.4% | 2.2% |
Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del PIB
- Servicio públicogeneral
- Defensa
- Orden público y seguridad
- Asuntos económicos / Transporte
- Protección del medioambiente
- Vivienda y servicios comunitarios
- Salud
- Ocio, cultura y religión
- Educación
- Protecciónsocial
- 5% 4%
- 3%
- 2%
- 1%
- 0%
Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del gasto de los GSN
- Servicio público general : 30,48%
- Defensa : 0,02%.
- Orden público y seguridad : 4,48
- Asuntos económicos / Transportes : 18,62
- Protección del medio ambiente : 11,23
- Vivienda y servicios comunitarios : 19,1%
- Salud : 2,61
- Ocio, cultura y religión : 4,11
- Educación : 7,12
- Protección social : 2,23
El gasto de los municipios por clasificación funcional asciende al 2,2% del PIB. La mayor parte del gasto de los municipios se destina a los servicios públicos generales, con un 1% del PIB y un 30,5% del gasto total de los gobiernos locales. Esto incluye las operaciones de endeudamiento. El gasto en asuntos económicos representa el 0,4% del PIB, al igual que el gasto en vivienda y servicios comunitarios, que también representa el 0,4% del PIB. Estas tres áreas juntas suponen casi el 70% del gasto total de los gobiernos locales.
La educación y la sanidad se delegan en los municipios. Una de las áreas de gasto que ha crecido en relevancia a nivel municipal es la protección del medio ambiente, que representa un gasto per cápita de 21 USD PPA y el 11,2% del gasto total del gobierno local en 2020. Esto se debe en parte a la aplicación de una directiva sobre aguas residuales supervisada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Ingresos de los gobiernos subnacionales por categoría |
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2020 | Dólares PPA / habitante | % PIB | % gobierno general | % gobierno subnacional |
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Ingresos totales | 198 | 2.2% | 13.5% | 100.0% |
Ingresos fiscales | 22 | 0.3% | 2.4% | 11.2% |
Donaciones y subvenciones | 139 | 1.6% | - | 70.4% |
Tarifas y tasas | 37 | 0.4% | - | 18.5% |
Ingresos de activos | - | - | - | - |
Otros ingresos | - | - | - | - |
% de ingresos por categoría
- 100% 80%
- 60%
- 40%
- 20%
- 0%
- Ingresos fiscales
- Donaciones y subvenciones
- Tarifas y tasas
- Rentas de la propiedad
- Otros ingresos
Ingresos del SNG por categoría en % del PIB
- Ingresos fiscales
- Donaciones y subvenciones
- Tarifas y tasas
- Rentas de la propiedad
- Otros ingresos
- 5% 4%
- 3%
- 2%
- 1%
- 0%
DESCRIPCIÓN GENERAL: Los ingresos totales de la administración local representan el 2,2% del PIB y el 13,5% de los ingresos de las administraciones públicas. El 29,6% de estos ingresos son propios y el 70,4% son transferencias de la administración central. Esto indica un nivel limitado de autonomía fiscal y una importante dependencia de la administración central para las inversiones y los gastos de funcionamiento del aparato administrativo para el cumplimiento de sus funciones y competencias.
INGRESOS FISCALES: Los tributos autorizados por el Congreso de la República, y que son gestionados, administrados y recaudados por las municipalidades, representan ingresos fiscales en la ejecución presupuestaria de ingresos, que representan el 11.2% de los ingresos totales de las municipalidades con un aporte per cápita de USD 22 PPA anuales y que corresponde al 0.3% del producto interno bruto. En la composición de los ingresos fiscales, el impuesto único sobre bienes inmuebles (IUSI o impuesto único sobre inmuebles) representa el 9% de los ingresos totales, correspondiendo el 2% restante a tasas por el mantenimiento de espacios públicos ornamentales, señalización y publicidad, señalización por cable y diversas tasas a establecimientos abiertos al público así como a comercios e industrias locales.
El 83% de los ingresos totales del IUSI se recaudan en 4 de los 22 departamentos del país: 64% en la región metropolitana, 9% en el departamento de Escuintla, 6% en el departamento de Sacatepéquez y 5% en el departamento de Quetzaltenango. Los sistemas fiscales municipales de Guatemala se encuentran todavía en una fase muy temprana de desarrollo. Cada municipio tiene diferentes capacidades de producción, características demográficas y capacidad de pago y no existe un método uniforme de evaluación; sólo unos pocos se remiten al Manual de Evaluación Sectorial aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas. El 70% del impuesto predial único debe destinarse a la inversión y el 30% a los gastos de funcionamiento y gastarse en servicios públicos básicos y proyectos de infraestructura.
El Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección de Asistencia a la Administración Financiera Municipal, ha establecido un sistema de seguimiento para los municipios basado en indicadores estándar para evaluar y supervisar el progreso financiero y la ejecución presupuestaria de los municipios del país.
DONACIONES Y SUBVENCIONES: Las transferencias del gobierno central a los municipios ascienden al 70,4% de sus ingresos. El llamado "situado constitucional", recogido en la Constitución política de la República de Guatemala (Art. 257), estipula una asignación anual a los municipios que corresponde al 10% del presupuesto nacional. El 10% de los fondos transferidos debe destinarse a gastos de funcionamiento y el 90% a inversiones, para educación, salud preventiva, proyectos de infraestructura y servicios públicos. La distribución de la asignación constitucional se realiza según los criterios establecidos en el artículo 119 del Código Municipal (CM): tamaño de la población del municipio (30%), renta propia per cápita (25%), número de pueblos y aldeas (10%) y una asignación a partes iguales (35%).
Otros ingresos que corresponden a las transferencias del gobierno central tienen su origen en la recaudación del impuesto sobre el valor añadido (IVA), los impuestos sobre el tráfico terrestre, aéreo y marítimo, y un impuesto sobre la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados del petróleo. El impuesto IVA derivado de los acuerdos de paz (IVA-PAZ oimpuesto al valor agregado para la paz), contemplado en la Ley del IVA (decreto 57-92, 1992), es una asignación directa a los municipios. De esta suma, el 25% se destina a gastos de funcionamiento y el 75% a inversiones en sectores como la educación, la sanidad, las infraestructuras, el agua potable, la electricidad, el drenaje, la gestión de residuos y la mejora de los servicios públicos municipales. El 2,5% del impuesto que grava el tráfico terrestre, marítimo y aéreo (decreto 70-4, 1992, Art. 10) se destina a los gastos de funcionamiento y el 97,5% a la inversión: mantenimiento, mejoras, construcción o ampliación de carreteras, puentes y bordillos en los centros urbanos y otros asentamientos del municipio. Esto incluye el mantenimiento y la adquisición de semáforos. La ley que regula el impuesto sobre la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados del petróleo (decreto 38-92, 1992) estipula que la totalidad del mismo debe destinarse a la inversión en servicios de transporte, mejora de las carreteras y mantenimiento de las redes viarias urbanas y rurales.
También se transfieren recursos a los municipios a través de los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDE o Concejos Departamentales de Desarrollo): el Ministerio de Finanzas Públicas transfiere fondos destinados exclusivamente a la inversión a los consejos para que los distribuyan a su vez a los municipios para los proyectos aprobados.
OTROS INGRESOS: Las tasas y tarifas representan el 18,5% de los ingresos totales de los gobiernos locales. Constituyen ingresos procedentes de la explotación de servicios públicos como el suministro de agua, el alumbrado público, la recogida de residuos sólidos, las multas por impago, la gestión y percepción de alquileres de mercados municipales, los ingresos patrimoniales, la venta de productos, los centros turísticos, los servicios sanitarios, los servicios de transporte, los servicios de electricidad, las licencias de construcción y otros.
Estas tasas ascienden a 37 dólares PPA anuales por habitante y representan el 0,4% del PIB. Los consejos municipales están facultados para establecer, regular, explotar y mantener las tasas por servicios públicos y para fijar las tarifas de los gastos de funcionamiento de conformidad con el Art. 72 del Código Municipal (CM). También pueden definir las tasas por alquiler, licencias y productos, así como los servicios administrativos prestados a los ciudadanos locales. Para que tengan efecto legal, deben estar previstas como parte de un plan de tasas o en reglamentos que definan las tarifas de los servicios y se publiquen en el Boletín Oficial. La resistencia al pago es un reto para los municipios, por lo que pocos han conseguido modificar las tasas. Los servicios públicos que prestan los municipios en las zonas urbanas siguen estando subvencionados, lo que afecta a su calidad, cobertura y sostenibilidad. Son más las consideraciones políticas que las técnicas las que tienden a limitar a los municipios en la gestión de estas tasas.
Normas presupuestarias y deuda de los gobiernos subnacionales |
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2020 | Dólares PPA / inh. | % PIB | % deuda pública general | % Deuda SNG | % Deuda financiera SNG |
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Deuda pendiente total | 16 | 0.2% | 0.6% | 100.0% | - |
Deuda financiera | 16 | 0.2% | 0.6% | 100.0% | 100.0% |
Dinero legal y depósitos | - | - | - | - | - |
Bonos/Títulos de deuda | - | - | - | - | - |
Préstamos | 16 | - | - | - | 100.0% |
Seguros, pensiones | - | - | - | - | - |
Otras cuentas por pagar | - | - | - | - | - |
Deuda GSN por nivel de gobierno en % del PIB y en % de la deuda del gobierno general
- 1% 0,8%
- 0,6%
- 0,4%
- 0,2%
- 0%
- % del PIB
- % de la deuda del GG
NORMAS PRESUPUESTARIAS: En febrero de cada año, los ayuntamientos deben presentar un informe sobre la finalidad y la ejecución de los préstamos al Consejo Municipal de Desarrollo y a través de los medios de comunicación a la población (Art. 61 de la LOP). No podrán realizar operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes o de funcionamiento. Los estudios técnicos de los proyectos o servicios a financiar vía préstamos deben garantizar su autofinanciamiento: es decir, las cuotas o tarifas que pagan los usuarios de los servicios públicos deben ser suficientes para cubrir los costos de operación y mantenimiento del servicio. No está permitido transferir fondos de los programas de inversión a los programas de funcionamiento o al pago de la deuda pública (Art. 238 de la CPRG). El importe total de la deuda se compone del reembolso del capital previsto, el pago de los intereses y otros costes relacionados con el servicio de la deuda.
DEUDA: Según el artículo 110 del Código Municipal, los municipios pueden obtener préstamos que cumplan los requisitos legales. Éstos deben respetar su capacidad de pago y no afectar a las finanzas municipales (Art.112 del CM). Debe existir la seguridad de que la deuda contraída tampoco afectará a las finanzas nacionales. No está permitido contraer obligaciones crediticias cuyo plazo de amortización supere el periodo de gobierno del ayuntamiento. Los créditos deben utilizarse exclusivamente para financiar la planificación, programación y ejecución de obras y servicios públicos municipales. El endeudamiento debe ser aprobado por dos tercios de todos los miembros del concejo municipal. La tasa de interés de los préstamos acordados no podrá ser mayor a la tasa de interés promedio reportada por el Banco de Guatemala. Los préstamos internos pueden concertarse con bancos del sistema financiero nacional o a través del Instituto de Fomento Municipal (INFOM o Instituto de Fomento Municipal), que actúa como entidad financiadora y también como asesor en la gestión técnica y administrativa de las municipalidades.
En 2020, la deuda per cápita de los municipios asciende a 16 dólares PPA. Esto representa el 0,2% del PIB y el 0,6% de la deuda total de las administraciones públicas. En 2020 se registró un fuerte aumento de la deuda municipal en comparación con 2019, en el contexto de la pandemia del COVID-19.
El impacto de la crisis COVID-19 en la organización y las finanzas de los gobiernos subnacionales
GESTIÓN TERRITORIAL DE LA CRISIS: A nivel nacional, a través de los decretos emitidos inicialmente por el gobierno central, el estado de emergencia pública comenzó el 6 de marzo de 2020 y se prolongó hasta el 29 de septiembre. Se creó el programa 94 en el presupuesto nacional y municipal para desastres y catástrofes públicas con el objetivo de facilitar la gestión presupuestaria para atender la emergencia provocada por la crisis sanitaria del COVID-19. El presidente encargó a la Comisión Presidencial para la Emergencia COVID-19 (Acuerdo Gubernativo 65-2020) la dirección del plan de prevención. Los gobiernos locales colaboraron con el gobierno central en la implementación y ejecución de los programas sociales y económicos decretados por el gobierno central para cubrir todo el país. Ayudaron realizando controles sanitarios en coordinación con el Ministerio de Salud e identificando a los beneficiarios de los programas a nivel local.
MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA HACER FRENTE A LA CRISIS EN LOS DIFERENTES NIVELES DE GOBIERNO: Por término medio, los 340 municipios gastaron el 1,7% del presupuesto municipal total del ejercicio 2020 en programas de ayuda alimentaria, compra de inmuebles para cementerios, difusión de programas de prevención, apoyo al control y seguridad de los cordones sanitarios municipales, ayuda alimentaria a los más vulnerables y suministro de cereales básicos.
Los municipios también adoptaron una serie de medidas relacionadas con la gestión financiera local durante la crisis. Estas medidas incluían la anulación o reducción de las multas y recargos por impago puntual de impuestos, contribuciones, tasas y tarifas de los servicios públicos para que los contribuyentes y usuarios del municipio pudieran efectuar los pagos sin caer en mora por falta de ingresos familiares. Asimismo, se establecieron reglas claras para fijar acuerdos de pago de 6 a 12 meses para posibilitar los pagos atrasados durante el transcurso de la crisis. Se introdujo el pago con tarjeta de débito y crédito a nivel municipal con recibos electrónicos, lo que hizo posible que los contribuyentes y usuarios pudieran realizar sus pagos de impuestos fuera del municipio. Por último, se anularon las multas del impuesto único sobre bienes inmuebles (IUSI) durante la crisis de la COVID-19 mediante acuerdos y ordenanzas municipales.
IMPACTOS DE LA CRISIS EN LAS FINANZAS DEL GOBIERNO SUBNACIONAL: Las municipalidades de Guatemala, en promedio, sufrieron una reducción del 2,5% en sus ingresos totales en 2020 en comparación con 2019. La recaudación de tasas y tarifas por los servicios públicos prestados experimentó una caída del 35% en relación a 2019. Sin embargo, los ingresos fiscales crecieron un 2,7%, principalmente en la recaudación del impuesto único predial.
En cuanto a los ingresos transferidos, las transferencias corrientes correspondientes a las asignaciones para cubrir los gastos de funcionamiento de los gobiernos locales disminuyeron un 4% y las transferencias de capital que corresponden a la asignación constitucional de los fondos del IVA y otros ingresos específicos disminuyeron un 7%. Esto supuso que los municipios tuvieran que recurrir a préstamos a largo plazo para hacer en relación a las demandas existentes y se tradujo en un aumento de la deuda municipal del 613% en 2020 en relación a 2019.
PLANES DE ESTIMULO ECONÓMICO Y SOCIAL: El gobierno central implementó programas sociales y económicos basados en la Ley de Emergencia (decreto 12-2020 y decreto 13-2020) y el Paquete de Rescate Económico, ambos aprobados por el Congreso. Se creó el subprograma 09 del programa 94 en el presupuesto general de la nación por un monto de 20 160 millones de quetzales (USD 5 mil millones PPP), del cual el 77.4% se ejecutó en el periodo de 2020 a 2021. Se implementaron los siguientes programas: 1. programa de agricultura rural, 2. fondo para la micro, pequeña y mediana empresa, 3. fondo para la protección del capital, 4. programa de adultos mayores, 5. programa de remodelación e infraestructura de hospitales y centros de salud, 6. programa de distribución de alimentos, 7. bono familiar, 8. fondo para la protección del empleo, 9. fondo para capital de trabajo, 10. subsidio a la energía eléctrica, 11. infraestructura de salud, 12. adquisición de ventiladores, 13. adquisición de equipos de pruebas y equipos COVID-19, 14. ropa y material de protección personal, 15. proyectos de reactivación económica y 16. bono único para jubilados y pensionistas estatales. Todos estos programas se llevaron a cabo en coordinación con los gobiernos locales para que pudieran aplicarse en todos y cada uno de los municipios del país.
Bibliografía
Indicadores socioeconómicos |
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Fuente | Institución/Autor·a |
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Indicadores de desarrollo mundial | Banco Mundial |
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Perspectivas de la población mundial | Naciones Unidas |
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Estadísticas demográficas y sociales | Naciones Unidas |
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Tasa de desempleo por sexo y edad | ILOSTAT |
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Índice de Desarrollo Humano (IDH) | Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; Informes sobre Desarrollo Humano |
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Datos financieros |
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Portal de la deuda externa | Ministerio de Finanzas |
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Portal de transparencia presupuestaria y de transparencia presupuestaria de los gobiernos locales | Ministerio de Finanzas |
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Otras fuentes de información |
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Fuente | Institución/Autor·a | Año |
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Constitución Política de la República de Guatemala | Congreso de la República de Guatemala | 1985 |
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covid19.gob.gt | Gobierno de Guatemala | 2019 |
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