AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

COLOMBIA

PAÍS UNITARIO

INDICADORES SOCIOECONÓMICOS BÁSICOS

GRUPO DE INGRESOS: RENTA MEDIA ALTA

MONEDA LOCAL: PESO COLOMBIANO (COP)

POBLACIÓN Y GEOGRAFÍA

  • Superficie: 1 141 750 km2 (2018)
  • Población: 50,883 millones de habitantes (2020), un aumento del 1,4% anual (2015-2020)
  • Densidad: 45 habitantes / km2
  • Población urbana: 81,4% de la población nacional (2020)
  • Crecimiento de la población urbana: 1,5% (2020 en relación a 2019)
  • Capital: Bogotá (15,2% de la población nacional)

DATOS ECONÓMICOS

  • PIB: 759.700 millones (dólares internacionales PPA actuales), es decir, 14.931 dólares por habitante (2020)
  • Crecimiento real del PIB: -6,8% (2020 en relación a 2019)
  • Tasa de desempleo: 14.3% (2021)
  • Inversión extranjera directa, entradas netas (IED): 7 458 (BoP, millones de USD corrientes, 2020)
  • Formación Bruta de Capital Fijo (FBCF): 18,8% del PIB (2020)
  • IDH: 0,767 (alto), puesto 83 (2019)

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL MARCO DE GOBERNANZA MULTINIVEL

Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de república unitaria, presidencialista y con autonomía de sus entidades territoriales, según lo establece la Constitución Nacional colombiana de 1991. El presidente de Colombia es el jefe del gobierno y el jefe del Estado, elegido por voto popular para mandatos de cuatro años. Colombia tiene un congreso bicameral: la cámara alta, el Senado, tiene 108 miembros de los cuales 100 son elegidos por todo el país y los ocho restantes son circunscripciones especiales, que representan a los grupos indígenas y afro y a otras minorías. La cámara baja, la Cámara de Representantes, consta de 172 representantes de los cuales 161 son elegidos en los departamentos y el distrito capital de Bogotá, proporcionalmente al número de habitantes, y los 11 restantes proceden de circunscripciones especiales. Las circunscripciones territoriales están formadas por todos los departamentos y el distrito capital de Bogotá y el número de escaños en la cámara baja es proporcional al número de habitantes por departamento. Las últimas elecciones al Congreso se celebraron en marzo de 2022.

Colombia tiene una estructura de gobierno subnacional de dos niveles consagrada en la Constitución de 1991, compuesta por departamentos (nivel regional) y municipios y distritos (nivel local). En ambos niveles de gobierno, departamental, municipal y distrital, el poder ejecutivo recae en manos de gobernadores y alcaldes, elegidos por sufragio popular para mandatos únicos de cuatro años. Cada departamento tiene también unaasamblea departamental (Asamblea Departamental), con miembros elegidos por sufragio universal, uno por cada 40 000 habitantes, y cada municipio tiene un consejo municipal, elegido mediante el mismo sistema electoral que se utiliza para las asambleas departamentales. El Distrito Capital de Bogotá está administrado por un Alcalde Mayor elegido directamente y un consejo municipal de 45 miembros. Las últimas elecciones locales de gobernadores y alcaldes se celebraron en octubre de 2019.

El proceso de descentralización en Colombia comenzó en la década de 1980 con la transferencia de funciones del gobierno central a los municipios y un aumento del nivel de transferencias a los gobiernos subnacionales. El proceso también implicó la elección de alcaldes por sufragio universal y el fortalecimiento de la recaudación de impuestos de los gobiernos subnacionales. A este proceso siguieron una serie de reformas y la elección de los gobernadores por sufragio general introducida en la Constitución de 1991. El país avanzó aún más hacia la descentralización en 2001 con el Sistema General de Participación, en el que se regularon las transferencias a los gobiernos locales. A pesar de los esfuerzos, la descentralización se ralentizó entre 2002 y 2010 con la reducción de las transferencias y los recortes presupuestarios para los gobiernos locales. Sin embargo, en 2010 se inició un conjunto de reformas encaminadas a restablecer la descentralización con el Sistema Nacional de Regalías (SGR) y la Ley 1454 "Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT)" en 2011, que pretendía aumentar la participación de las regalías entre el gobierno central y los gobiernos locales y sentar las bases para los esquemas asociativos de los gobiernos subnacionales. Otros esfuerzos hacia la descentralización incluyen el Acuerdo de Paz firmado en 2016 que propuso una reforma rural para reducir la desigualdad rural y revertir la concentración de la propiedad de la tierra.

Más recientemente, el Plan Nacional de Desarrollo (2018-2022) propuso una Misión de Descentralización, actualmente en curso, que pretende revisar la distribución de responsabilidades en todos los niveles de gobierno, la estructura financiera de los gobiernos subnacionales y la consolidación de las comunidades indígenas. Estas misiones se enfatizaron aún más en el Pacto por la Descentralización (Ley 1962/2019) que condujo al fortalecimiento de las Regiones Administrativas y de Planificación (RAP), ya contempladas en la Constitución. La RAP es un esquema asociativo para promover la cooperación entre departamentos (los distritos también pueden participar en la RAP). La reforma pretende articular el modelo de desarrollo de la nación con la agenda del gobierno local y reducir las disparidades existentes entre las regiones. En 2022 (Ley 2200), las RAP se convirtieron en entidades regionales con personalidad jurídica propia, autonomía y patrimonio propio, aunque no forman circunscripción electoral. Las RAP se financian con recursos de los gobiernos subnacionales que las constituyen, y pueden cofinanciarse con transferencias del gobierno central. Actualmente, existen cinco RAP: Central, Pacífico, Caribe, Eje Cafetero y Amazonia.

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

NIVEL MUNICIPAL NIVEL INTERMEDIO NIVEL REGIONAL NÚMERO TOTAL DE SNG (NIVEL MUNICIPAL) (2021)
1 102 Municipios
(Municipios)
y Distrito Capital Bogotá

32 departamentos
(Departamentos)
Tamaño medio de los municipios
46 324 habitantes
1 103 32 1 135

DESCRIPCIÓN GENERAL: Colombia tiene una estructura de gobierno local de dos niveles, que incluye 32departamentos (departamentales) y 1 103municipios (municipales) de nivel inferior, incluido el Distrito Capital de Bogotá. Alrededor de un tercio de la población se concentra en dos departamentos y en la capital. Aún quedan 20 zonas que no pertenecen a ningún municipio. Un capítulo completo de la constitución (título XI del artículo 285 al artículo 331) está dedicado a la "organización territorial".

NIVEL REGIONAL: A nivel regional, Colombia está formada por 32 departamentos. Los departamentos de Colombia son muy heterogéneos no sólo por el tamaño de su población y su superficie, sino también por sus niveles de desarrollo. El tamaño medio de los departamentos es de 1,546 millones de habitantes.

Los departamentos tienen la facultad de establecer distritos municipales y de revisar los actos de los gobiernos municipales para determinar su constitucionalidad. Bogotá está subdividida en 20localidades, cada una con su propiajunta administradora local de al menos siete miembros y un alcalde local nombrado por el alcalde superior a partir de una lista presentada por lajunta administradora local o JAL (Junta Administradora Local) para un periodo de cuatro años. Las agudas disparidades entre regiones y zonas urbanas persisten a pesar de los importantes recursos que Colombia invierte para promover el desarrollo regional, en particular en lo que respecta al acceso a las infraestructuras.

La Constitución también establece el marco para la creación de regiones administrativas o de planificación que pueden resultar de la fusión de varios departamentos. Los PAR son un ejemplo de coordinación entre diferentes departamentos con objetivos comunes de desarrollo para explotar recursos, generar proyectos y contribuir a la construcción de infraestructuras, entre otros. Los PAR como esquemas asociativos se fortalecieron recientemente con la Ley 1962/2019, que también da la posibilidad de que los PAR se conviertan en entidades regionales a partir de 2022, condicionados a requisitos específicos.

NIVEL MUNICIPAL: Entre los 1 102 municipios, diez están categorizados comodistritos especiales debido a sus particulares características políticas, comerciales, históricas, industriales, culturales o ambientales, entre otros factores importantes, lo que les permite gozar de ciertas prerrogativas (según la Ley 1617/2013). Además, el Distrito Capital de Bogotá tiene un estatus especial debido a su tamaño e importancia que le otorga las competencias tanto de los municipios como de los departamentos. Bogotá es la ciudad más poblada del país, mientras que el municipio de Busbanzá es el menos poblado, con 1 161 habitantes en 2021. El tamaño medio de los municipios es de 46.324 habitantes.

Los municipios se clasifican en seis categorías y una categoría especial en función de su población y su base de ingresos (Ley 617/2000 y Decreto 2106/2019). Esta clasificación sirve al gobierno central como herramienta administrativa para organizar políticas diferenciadas. Actualmente, alrededor del 88% de los municipios están clasificados en la categoría más baja (categoría seis), concentrando el 32% de la población. Sólo el 2% de los municipios están clasificados en la categoría uno y aglutinan a casi el 20% de la población total.

COOPERACIÓN HORIZONTAL: El gobierno colombiano proporciona una base legal para la cooperación intermunicipal con la Ley LOOT de 2011. En 2019, había 54 estructuras de cooperación a nivel municipal que habían seguido directamente la LOOT bajo el esquema de asociaciones de municipios. Además, la Ley 1625 - aprobada en 2013 - estableció seis áreas metropolitanas que son jurisdicciones territoriales legisladas (Áreas Metropolitanas). Tienen más autonomía administrativa y fiscal que otras regiones urbanas y pueden gestionar conjuntamente algunos servicios de importancia para toda el área (por ejemplo, el transporte). Por último, existen 12 provincias administrativas y de planificación, que están formadas por dos o más municipios geográficamente vecinos de los mismos departamentos. En 2019, había otros 10 regímenes asociativos en proceso de constitución.

TERRITORIOS INDÍGENAS: La Constitución de 1991 reconoció a Colombia como una nación multiétnica, otorgando a los territorios indígenas (resguardos) un estatus especial. Actualmente existen 966 resguardos de propiedad colectiva (resguardos) en Colombia, con una población de alrededor de 1,9 millones de habitantes (el 4,4% de la población nacional). La superficie cubierta por territorios indígenas es de casi el 30% de media, aunque en algunos departamentos la superficie cubierta es de cerca del 70%. Casi dos tercios de la población indígena se concentran en cuatro departamentos. Una decisión histórica en la autonomía de las regiones indígenas fue el Decreto 1953/2014. Amplió la autonomía de los territorios indígenas, permitiéndoles gestionar directamente la asignación de recursos. Además, mientras que aproximadamente el 38% de la Amazonia colombiana no contaba con un gobierno local formalmente reconocido, el Decreto 632/2018 reforzó aún más la autonomía de los pueblos indígenas de Guainía, Vaupés y Amazonas, que son departamentos de la región amazónica de Colombia.


Responsabilidades de los gobiernos subnacionales

La Constitución Política de 1991 y las Leyes 60/1993 y 115/1994 delinearon la distribución de competencias de los gobiernos subnacionales relacionadas con la prestación de servicios públicos, servicios sociales y equipamientos públicos entre los departamentos y Bogotá (Leyes 715/2001 y 1176/2007), y los municipios y distritos (Ley 136/1994). En 2011, la LOOT contribuyó a clarificar las reglas de la descentralización proporcionando detalles sobre la división de responsabilidades entre el gobierno central y las entidades territoriales. Sin embargo, la distribución de competencias entre los distintos niveles de gobierno sigue siendo compleja.

Existe un sistema dual de responsabilidades descentralizadas y delegadas, y la mayoría de las competencias se comparten entre todos los niveles de gobierno (educación, sanidad, agua y alcantarillado, vivienda). Los departamentos son responsables de planificar y promover el desarrollo económico y social de su territorio. Ejercen funciones administrativas de coordinación e intermediación con los municipios. Los municipios prestan servicios como la electricidad, el transporte urbano, el catastro, la planificación local y la policía municipal. Se clasifican en "certificados" o "no certificados" para la prestación de determinadas competencias

(como sanidad, educación, agua y saneamiento) también en función de su tamaño poblacional, para los que el gobierno central determina objetivos de cobertura universal y estándares de calidad. Sólo cuando una administración territorial alcanza estos objetivos y estándares tiene derecho a utilizar los recursos sobrantes en otras áreas de su propia competencia.

Principales ámbitos y subámbitos de responsabilidad

ÁMBITOS Y SUBÁMBITOS A nivel regional Nivel municipal
1. Servicios públicos generales (administración) Expedición de pasaportes Registros civiles; Licencias de obras;Gestión de bienes y empresas municipales
2. Orden público y seguridad Gestión de riesgos y catástrofes
3. Asuntos económicos/transporte Desarrollo rural; Políticas regionales.Ordenación territorial regional; Gestión del tráfico Promoción del desarrollo social, económico y medioambiental
4. Protección del medio ambiente Protección del medio ambiente Gestión de residuos sólidos; Saneamiento
5. Vivienda y servicios comunitarios Coordinación y cofinanciación de los planes hidrológicos Ordenación del territorio; Infraestructuras locales; Suministro de agua; Vivienda
6. Salud Salud pública; Servicios para la población pobre no asegurada. Funcionamiento de la red hospitalaria Salud pública; Administración del régimen subsidiado;Servicios para la población pobre no asegurada
7. Cultura y ocio Deporte; Cultura; Ocio
8. Educación Gestión del personal docente y administrativo de la enseñanza básica y primaria Educación primaria y secundaria; Construcción y mantenimiento de edificios; Comedores y actividades extraescolares; Pago de salarios
9. Protección social


Finanzas públicas subnacionales

Alcancede los datos financieros: Municipios y departamentos. SCN 2008 Disponibilidad de datos financieros:
Media
Calidad/fiabilidad de los datos financieros:
Media

INTRODUCCIÓN GENERAL: La Constitución Política de 1991 y las Leyes 60/1993 y No. 115/1994 establecen el marco de la descentralización fiscal en el país y regulan la distribución de recursos entre departamentos, municipios y distritos. Las normas pueden ser expedidas por los departamentos medianteordenanzas y por los municipios medianteacuerdos.

Colombia es uno de los países unitarios más descentralizados de América Latina, pero el nivel de descentralización es bajo en comparación con otros países de la OCDE. Los gobiernos subnacionales tienen importantes recursos y responsabilidades de gasto, pero la descentralización fiscal está desequilibrada verticalmente, ya que los gobiernos subnacionales tienen amplias competencias en relación a una autonomía fiscal limitada, inclinándose más hacia un sistema de devolución que hacia uno descentralizado. Los sistemas de equiparación se introdujeron en 2011 mediante la reforma del Sistema General de Regalías (reforma del SGR, a partir de la Ley 1530/2012 modificada por la Ley 2056/2020) a través de un sistema de reparto entre departamentos, y más recientemente mediante el fortalecimiento de los PAR para garantizar una mejor coordinación entre regiones y la reducción de las disparidades regionales.

Gasto de los gobiernos subnacionales según la clasificación económica

2020 Dólares PPA / habitante % PIB % gobierno general % gobierno subnacional
Gasto total 1 782 11.9% 32.7% 100.0%
Incl. gastos corrientes 1 555 10.4% 31.8% 87.3%
Gastos de personal 452 3.0% 45.6% 25.4%
Consumo intermedio 320 2.1% 40.4% 17.9%
Gastos sociales 332 2.2% 21.7% 18.6%
Subvenciones y transferencias corrientes 434 2.9% 41.3% 24.4%
Gastos financieros 16 0.1% 3.0% 0.9%
Otros 0 0.0% 0.0% 0.0%
Incl. gastos de capital 227 1.5% 40.7% 12.7%
Transferencias de capital 20 0.1% 16.2% 1.1%
Inversión directa (o FBCF) 206 1.3% 47.9% 11.6%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del PIB

  • Gastos de personal
  • Consumo intermedio
  • Gastos sociales corriente
  • Subvenciones y otras transferencias corrientes
  • Gastos financieros + otros gastos corrientes
  • Gastos de capital
  • 12,5% 10%
  • 7,5%
  • 5%
  • 2,5%
  • 0%
  • caché
  • 3%
  • 2.1%
  • 2.2%
  • 2.9%
  • 1.5%

Gasto de los GSN según la clasificación económica en % del PIB

  • Gastos de personal
  • Consumo intermedio
  • Gastos sociales corriente
  • Subvenciones y otras transferencias corrientes
  • Gastos financieros + otros gastos corrientes
  • Gastos de capital
  • 12,5% 10%
  • 7,5%
  • 5%
  • 2,5%
  • 0%
  • caché
  • 3%
  • 2.1%
  • 2.2%
  • 2.9%
  • 1.5%

GASTOS: El gasto del gobierno subnacional en Colombia está ligeramente por debajo de la media de los países unitarios de la OCDE como porcentaje del PIB (12,7% en 2020), mientras que está por encima de la media de los países unitarios de la OCDE como porcentaje del gasto público (27,5% en 2020). Los municipios representan alrededor de dos tercios de los gastos en relación a un tercio para los departamentos. Los gastos corrientes representan alrededor del 87% del gasto total de los gobiernos subnacionales, ya que incluyen el pago de profesores y personal sanitario, sobre los que los gobiernos subnacionales no tienen ningún control. La autonomía de gasto de los gobiernos subnacionales se ve limitada por el hecho de que éstos disponen de fuentes de ingresos limitadas. De hecho, los gobiernos subnacionales pueden considerarse "agentes de gasto" en nombre del gobierno central, ya que la mayoría de los gastos se destinan a tres áreas: educación, sanidad y agua, saneamiento y pensiones.

INVERSIÓN DIRECTA: Los gobiernos subnacionales representaron el 47,9% de la inversión directa de las administraciones públicas en 2020, ligeramente por debajo de la media de la OCDE para los países unitarios (48,9%). El papel de los gobiernos subnacionales en la inversión pública ha aumentado desde las reformas de descentralización. Los gobiernos subnacionales invierten, en particular, en proyectos de infraestructuras locales como escuelas, hospitales y carreteras locales. Sin embargo, la brecha de infraestructuras sigue siendo significativa en Colombia, lo que afecta al acceso a las infraestructuras de transporte, educación y vivienda, especialmente en las comunidades rurales. Al igual que los planes de desarrollo anteriores, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022, y los Planes Territoriales 2020-2023, reforzaron el enfoque territorial para cerrar estas brechas con especial atención a los ODS.

Adicionalmente, la inversión financiada a través de transferencias del gobierno central ha disminuido desde la década del 2000, mientras que la reforma a las regalías (SGR) ha incrementado los recursos disponibles para los gobiernos subnacionales desde 2012. Desde el inicio del SGR, las regalías han financiado alrededor de 21 533 proyectos por un monto cercano a los COP 64,4 billones, casi el 42% del total de recursos financiados proyectos de transporte y vivienda. Las regiones Caribe y Llanos concentraron el 54% de esas inversiones. Los proyectos de inversión a financiar por el sistema SGR deben ser aprobados por un órgano colegiado integrado por autoridades públicas centrales y locales y expertos.

Para mejorar la coordinación de las inversiones entre los distintos niveles de gobierno, Colombia ha puesto en marcha un modelo de "Pactos Territoriales" (PT) (antes conocidos como "Contratos Plan"). Estos contratos son definidos conjuntamente por el gobierno nacional, los departamentos y los municipios para coordinar programas de inversión en áreas específicas. Los Pactos Territoriales se centran en inversiones sociales y económicas y en la creación de instituciones para los gobiernos subnacionales. El último PND también contempló COP 849 billones para atender inversiones para el esquema de PT. Además, para acelerar la implementación del acuerdo de paz y la reparación de las víctimas, el PND también considera un "pacto para la construcción de la paz" con una inversión de unos COP 10,4 billones para los municipios más afectados.

Gasto público subnacional por clasificación funcional

Dólares PPA / habitante % PIB % gobierno general % gobierno subnacional
Gasto total por función económica 1 930 12.3% - 100.0%
1. Servicios públicos generales 252 1.6% 30.5% 13.1%
2. Defensa 0 0.0% 0.0% 0.0%
3. Orden público y seguridad 27 0.2% 7.8% 1.4%
4. Asuntos económicos/transporte 268 1.7% 54.4% 13.9%
5. Protección del medio ambiente 55 0.4% 54.2% 2.9%
6. Vivienda y servicios comunitarios 68 0.4% 92.6% 3.5%
7. Salud 458 2.9% 54.1% 23.7%
8. Ocio, cultura y religión 113 0.7% 86.2% 5.9%
9. Educación 467 3.0% 72.4% 24.2%
10. Protección social 222 1.4% 15.1% 11.5%

Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del PIB

  • Servicio públicogeneral
  • Defensa
  • Orden público y seguridad
  • Asuntos económicos / Transporte
  • Protección del medioambiente
  • Vivienda y servicios comunitarios
  • Salud
  • Ocio, cultura y religión
  • Educación
  • Protecciónsocial
  • 12,5% 10%
  • 7,5%
  • 5%
  • 2,5%
  • 0%
  • 1.6%
  • 1.7%
  • 2.9%
  • 3%
  • 1.4%

Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del gasto de los GSN

  • Servicio público general : 13,06%
  • Defensa : -
  • Orden público y seguridad : 1,4
  • Asuntos económicos / Transporte : 13,9%
  • Protección del medio ambiente : 2,87
  • Vivienda y servicios comunitarios : 3,53
  • Salud : 23,72
  • Ocio, cultura y religión : 5,85
  • Educación : 24,19
  • Protección social : 11,48

Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del PIB

  • Servicio públicogeneral
  • Defensa
  • Orden público y seguridad
  • Asuntos económicos / Transporte
  • Protección del medioambiente
  • Vivienda y servicios comunitarios
  • Salud
  • Ocio, cultura y religión
  • Educación
  • Protecciónsocial
  • 12,5% 10%
  • 7,5%
  • 5%
  • 2,5%
  • 0%
  • 1.6%
  • 1.7%
  • 2.9%
  • 3%
  • 1.4%

Gasto de los GSN según la clasificación funcional en % del gasto de los GSN

  • Servicio público general : 13,06%
  • Defensa : 0%
  • Orden público y seguridad : 1,4
  • Asuntos económicos / Transporte : 13,9%
  • Protección del medio ambiente : 2,87
  • Vivienda y servicios comunitarios : 3,53
  • Salud : 23,72
  • Ocio, cultura y religión : 5,85
  • Educación : 24,19
  • Protección social : 11,48

Los gobiernos subnacionales desempeñan un papel clave como proveedores de servicios públicos, aunque la mayor parte de los gastos los destina el gobierno central. La educación es la partida más importante, con un 24,2% del gasto subnacional en 2019. Los gobiernos subnacionales son responsables de la gestión de los servicios educativos de preescolar, primaria básica, secundaria y bachillerato. Los departamentos se encargan de pagar y formar a los profesores, mientras que los municipios son responsables de la construcción y el mantenimiento de los edificios escolares. La segunda partida presupuestaria es la sanidad (23,7% del gasto del SNG en 2019), para la que reciben fondos asignados. Otras partidas de gasto importantes son la protección social, los servicios públicos generales y los asuntos económicos y el transporte.

Ingresos de los gobiernos subnacionales por categoría

2020 Dólares PPA / habitante % PIB % gobierno general % gobierno subnacional
Ingresos totales 1 905 12.7% 43.3% 100.0%
Ingresos fiscales 545 3.6% 20.6% 28.6%
Donaciones y subvenciones 1 147 7.7% - 60.2%
Tarifas y tasas 70 0.5% - 3.7%
Ingresos de activos 141 0.9% - 7.4%
Otros ingresos 1 0.0% - 0.0%

% de ingresos por categoría

  • 75% 60%
  • 45%
  • 30%
  • 15%
  • 0%
  • 28.6%
  • 60.2%
  • 3.7%
  • 7.4%
  • 0.04%
  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos

Ingresos del SNG por categoría en % del PIB

  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos
  • 15% 12%
  • 9%
  • 6%
  • 3%
  • 0%
  • 3.7%
  • 7.7%

% de ingresos por categoría

  • 75% 60%
  • 45%
  • 30%
  • 15%
  • 0%
  • 28.6%
  • 60.2%
  • 3.7%
  • 7.4%
  • 0.04%
  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos

Ingresos del SNG por categoría en % del PIB

  • Ingresos fiscales
  • Donaciones y subvenciones
  • Tarifas y tasas
  • Rentas de la propiedad
  • Otros ingresos
  • 15% 12%
  • 9%
  • 6%
  • 3%
  • 0%
  • 3.7%
  • 7.7%

DESCRIPCIÓN GENERAL: Los gobiernos subnacionales de Colombia dependen en gran medida de las transferencias intergubernamentales, que representaron más de la mitad de sus ingresos totales (60%), por encima de la media de la OCDE para los países unitarios (53,3% en 2020). Los ingresos fiscales representaron casi el 29% de los ingresos totales de los gobiernos subnacionales. Los ingresos procedentes de activos (incluidos los cánones del petróleo y la minería) son una fuente importante de ingresos para los gobiernos subnacionales, además de los aranceles y las tasas (ambos representan alrededor del 11% de los ingresos totales de los gobiernos subnacionales).

INGRESOS FISCALES: Los ingresos fiscales representan una parte limitada de los ingresos de los gobiernos subnacionales y de la cuota del PIB, por debajo de la media de los países unitarios de la OCDE (35,4% y 4,5% en 2020, respectivamente), aunque por encima de la media como porcentaje de los ingresos fiscales públicos totales (18,7%). Los gobiernos subnacionales tienen una autonomía fiscal limitada y poco margen de maniobra sobre los tipos y las bases impositivas. Varios impuestos están destinados a un uso específico. Los ingresos fiscales departamentales incluyen la recaudación de los impuestos especiales (cerveza, tabaco, licores, es decir, el 49% de sus ingresos fiscales), el impuesto sobre vehículos (14%), el impuesto de matriculación, el impuesto sobre la gasolina y otros impuestos. Hay una veintena de impuestos municipales diferentes, pero cerca del 80% de los ingresos fiscales de los municipios proceden sólo de tres de ellos: El impuesto de industria y comercio (ICA, 37% de los ingresos fiscales municipales), el impuesto sobre bienes inmuebles (Predial, 37%) y una sobretasa sobre la gasolina (alrededor del 5%).

Desde 2016, Colombia ha emprendido reformas para actualizar y modernizar sus registros catastrales y de la propiedad con el fin de mejorar el rendimiento del impuesto municipal sobre la propiedad. También se hizo hincapié en ello en el PND 2018-2022, que pretendía aumentar la proporción de área geográfica con catastro actualizado del 5,6% al 60%. En 2020, que estuvo marcado por la crisis sanitaria COVID-19, los ingresos fiscales de los gobiernos subnacionales experimentaron un descenso de alrededor del 9% en comparación con el año anterior. Los departamentos tuvieron un descenso de los ingresos fiscales mayor, del 11,2%, mientras que los ingresos municipales cayeron un 5,8%.

AYUDAS Y SUBVENCIONES: La principal transferencia del gobierno central es el Sistema General de Participaciones (SGP). Los fondos del SGP se destinan en su mayor parte a gastos corrientes (denominados "inversiones sociales" en Colombia), según una fórmula basada en una combinación de criterios de cobertura de la población, equidad social y eficiencia. Beneficia tanto a los departamentos (35% del SGP) como a los municipios (65% del SGP). El PEC vincula las transferencias con las políticas sectoriales y tiene como objetivo mejorar la prestación descentralizada de los servicios básicos en todo el país: educación, salud y abastecimiento de agua y saneamiento básico, que representan alrededor del 96% del PEC, el 4% restante está constituido por "asignaciones especiales" que incluyen recursos para comunidades indígenas, pensiones, comedores escolares y otros. Los parámetros de gasto han sido definidos para cada una de esas tres áreas por la Ley Orgánica 715/2001 de recursos y competencias, modificada por la Ley 1176/2007. Una asignación tan estricta tiene un importante efecto igualador en todas las jurisdicciones; sin embargo, los criterios de asignación han sido criticados por no distinguir entre zonas urbanas y rurales, y por ser demasiado rígidos. Otras subvenciones, procedentes de regímenes de cofinanciación y de subvenciones ministeriales, también están asignadas, y vienen acompañadas de condiciones; por ejemplo, los proyectos deben financiar inversiones específicas (por ejemplo, infraestructuras viarias o urbanas).

OTROS INGRESOS: Los aranceles y las tasas representaron el 3,7% de los ingresos de los gobiernos subnacionales en 2020, un porcentaje menor en relación con la media de la OCDE para los países unitarios, que fue del 9,1%. La Constitución de 1991 definió la distribución de una renta de propiedad resultante de la extracción de recursos no renovables, principalmente carbón y petróleo (royalties - recaudados por el gobierno central) entre departamentos y municipios. Hasta 2011, la mayoría de las regalías se asignaban directamente a los departamentos ricos en recursos, mientras que sólo el 20% se transfería al Fondo Nacional de Regalías como herramienta de redistribución. Se introdujo una reforma radical mediante la Ley 1530/2012, modificada recientemente por la Ley 2056/2020, que concedió la reasignación de todas las regalías a los gobiernos subnacionales en función de la pobreza (medida por el Índice de Necesidades Básicas) y la población.

La reforma del SGR asigna una parte del 20% a los departamentos y municipios donde tiene lugar la explotación y extracción de recursos naturales. Además, se asigna un 15% a los municipios más pobres, para los que debe destinarse un mínimo del 2% a financiar inversiones locales en medio ambiente y desarrollo sostenible. El SGR también reorienta el 34% del fondo para la inversión regional y el 10% para el fondo de ciencia, tecnología e innovación. Los recursos del SGR se vieron significativamente afectados por la fuerte caída de los precios del petróleo derivada de la desaceleración de la actividad económica durante la pandemia de COVID-19. En este escenario, las finanzas locales también se vieron golpeadas considerando la alta dependencia de los gobiernos subnacionales de las transferencias provenientes de las regalías.

Normas presupuestarias y deuda de los gobiernos subnacionales

2020 Dólares PPA / inh. % PIB % deuda pública general % Deuda SNG % Deuda financiera SNG
Deuda pendiente total 1 964 13.1% 13.0% 100.0% -
Deuda financiera 384 2.6% 3.5% 19.6% 100.0%
Dinero legal y depósitos 58 - - 3.0% 15.2%
Bonos/Títulos de deuda 51 - - 2.6% 13.4%
Préstamos 274 - - 14.0% 71.3%
Seguros, pensiones 1 160 - - 59.1% -
Otras cuentas por pagar 419 - - 21.4% -

Deuda GSN por categoría en % de la deuda GSN total

  • Dinero legal y depósitos : 2,98
  • Bonos/Títulos de deuda : 2,62
  • Préstamos : 13,96
  • Seguros, pensiones : 59,09
  • Otras cuentas por pagar : 21,36

Deuda GSN por nivel de gobierno en % del PIB y en % de la deuda del gobierno general

  • 15% 12%
  • 9%
  • 6%
  • 3%
  • 0%
  • 13.2%
  • 13%
  • % del PIB
  • % de la deuda del GG

Deuda GSN por categoría en % de la deuda GSN total

  • Dinero legal y depósitos : 2,98
  • Bonos/Títulos de deuda : 2,62
  • Préstamos : 13,96
  • Seguros, pensiones : 59,09
  • Otras cuentas por pagar : 21,36

Deuda GSN por nivel de gobierno en % del PIB y en % de la deuda del gobierno general

  • 15% 12%
  • 9%
  • 6%
  • 3%
  • 0%
  • 13.2%
  • 13%
  • % del PIB
  • % de la deuda del GG

NORMAS PRESUPUESTARIAS: El contexto fiscal de los años noventa, cuando los gobiernos subnacionales registraron grandes déficits de caja, un aumento del gasto y tensiones de endeudamiento, obligó al gobierno central a promulgar un conjunto de leyes de disciplina fiscal para hacer en relación a los desequilibrios fiscales. Además de las normas aplicadas al endeudamiento (véase más adelante), se adoptaron varias leyes para limitar el crecimiento del gasto corriente y establecer una clasificación presupuestaria de los municipios basada en la población y los ingresos corrientes (Ley 617/2000). En 2003, las normas fiscales se reforzaron de nuevo mediante una Ley de Transparencia y Responsabilidad Fiscal propiamente dicha (Ley 819/2003), que se aplica tanto al gobierno nacional como a los subnacionales, estableciendo una norma de equilibrio presupuestario y unos objetivos presupuestarios vinculados a los límites máximos de deuda y déficit a nivel subnacional. Los municipios también tienen límites en sus gastos de funcionamiento (Ley 617/2000, modificada por la Ley 1551/2012), que definió siete categorías de municipios y cinco categorías de departamentos para determinar los techos adecuados de gastos corrientes, según el tamaño demográfico y los ingresos propios corrientes. Los gobiernos subnacionales más autónomos desde el punto de vista financiero (o los de categoría especial) tienen techos de gastos corrientes más estrictos que los más pequeños.

DEUDA: el endeudamiento de los gobiernos subnacionales está regulado por estrictas normas prudenciales, en particular la Ley del Semáforo de 1997 que clasificaba a los gobiernos subnacionales según indicadores de liquidez y solvencia. En 2003, la Ley 819/2003 endureció las restricciones al endeudamiento. En ella se exigía a los departamentos y a los grandes municipios que obtuvieran una calificación crediticia satisfactoria de las agencias de calificación internacionales antes de poder endeudarse en el mercado. Los gobiernos subnacionales pueden endeudarse si es para financiar gastos de capital ("regla de oro"). Algunas de las restricciones se relajaron debido a las dificultades financieras provocadas por la pandemia del Covid-19. El gobierno central introdujo nuevos mecanismos a través de los cuales los gobiernos subnacionales podían acceder al endeudamiento, recogidos en el Decreto 678/2020.

La deuda de los gobiernos subnacionales está por debajo de la media de la OCDE para los países unitarios (14,5% como porcentaje del PIB), pero por encima en lo que respecta a su participación en la deuda pública en 2020 (10,5%). Una gran parte de la deuda de los gobiernos subnacionales se concentra en las pensiones de los seguros (59,1%), mientras que la deuda financiera y "otras cuentas por pagar" representaron respectivamente el 19,6% y el 21,4% del total de la deuda viva de los gobiernos subnacionales. Dentro de la deuda financiera, los préstamos representaron casi el 71% del stock de deuda, mientras que los bonos y depósitos representaron la parte restante (29%).



El impacto de la crisis COVID-19 en la organización y las finanzas de los gobiernos subnacionales

GESTIÓN TERRITORIAL DE LA CRISIS: Colombia declaró el estado de emergencia el 17 de marzo de 2020 (Decreto 417/2020). A pesar de que la mayoría de las medidas de mitigación fueron dirigidas por el gobierno central, el papel de los gobiernos subnacionales en la prestación de servicios sociales también fue crucial. Las disparidades regionales en el sector sanitario también fueron pronunciadas durante la pandemia, lo que planteó retos en regiones como Vaupés, donde el número de camas hospitalarias por habitante siguió siendo bajo (menos de 2 por cada 1.000 habitantes en 2018). Además, la mayoría de las regiones de Colombia también carecían de equipos médicos y el número de camas hospitalarias (menos de 2 en la mayoría de las regiones) y de médicos por habitante (de 2 a 3 por 1 000 habitantes en relación a la media de la OCDE de 2,6 en 2019) siguió siendo bajo.

MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA HACER FRENTE A LA CRISIS EN LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO: Se tomaron diferentes medidas para responder a la crisis económica creada por la pandemia del Covid-19. En cuanto a la gestión de la deuda de los gobiernos subnacionales, el gobierno central promulgó el Decreto 678/2020 con el objetivo, entre otros, de dotar a las administraciones locales de un mayor margen de maniobra financiera a través de la deuda pública. Este marco legal permitió a los gobiernos subnacionales acceder a créditos especiales de tesorería correspondientes al 15% de los ingresos corrientes pagaderos hasta el siguiente plazo en el que fueron contraídos y a créditos para la reactivación económica. Los créditos para la reactivación económica también contemplaban un aumento del indicador de sostenibilidad de la deuda, una neutralización del cálculo de la solvencia y la posibilidad de realizar operaciones de endeudamiento interno que superasen el 100% del indicador de sostenibilidad. Otros mecanismos para contrarrestar los efectos de la pandemia incluían la reorientación de los recursos asignados para hacer en relación a los gastos más urgentes (esto incluye los gastos de funcionamiento y los excedentes financieros), así como permitir a las autoridades locales introducir medidas de desgravación fiscal para amortiguar el impacto inmediato de la repentina caída de la actividad económica sobre las empresas y los hogares. Durante la crisis, también se permitió a los gobernadores y alcaldes realizar modificaciones en sus presupuestos para atender la emergencia. Por último, se autorizó el traslado del 100% de la sobretasa al gasóleo, combustible o aceite para motores (ACPM) al distrito capital Bogotá y a todos los departamentos (frente a sólo el 50% antes de la pandemia).

En Bogotá se introdujeron algunas medidas para aliviar las dificultades económicas de las familias más vulnerables. El programa se denominó "Bogotá Solidaria en Casa", y consistía en una transferencia incondicional de efectivo y transferencias de alimentos a los hogares necesitados. Más de 500 familias se beneficiaron del programa en 2021.

EFECTOS DE LA CRISIS EN LAS FINANZAS DE LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES: La crisis económica y social provocada por la pandemia del Covid-19 ejerció una gran presión sobre las finanzas públicas de los gobiernos subnacionales en Colombia. Durante 2020, los ingresos fiscales de los gobiernos subnacionales experimentaron un descenso de cerca del 9% en comparación con el año anterior, de los cuales los ingresos fiscales municipales experimentaron una caída del 5,8% mientras que los departamentos redujeron sus ingresos en cerca del 11,2% respectivamente al año anterior. Aunque los gobiernos locales experimentaron un descenso en sus ingresos, su papel en la prestación de servicios aumentó, especialmente en lo que respecta a la sanidad pública, la asistencia social y la reactivación económica. La ralentización de las actividades económicas y las restricciones a la movilidad también provocaron un bajo nivel de ingresos fiscales; las reducciones más pronunciadas se produjeron en el impuesto de industria y comercio, los sellos y el recargo sobre la gasolina. Por el contrario, el gasto del gobierno subnacional experimentó un descenso de alrededor del 10% en comparación con el año anterior, este cambio fue impulsado principalmente por una importante reducción de la inversión directa (alrededor del 33%).

En cuanto a los niveles totales de deuda en 2020, la deuda de los gobiernos subnacionales registró un aumento de alrededor del 6% respecto al año anterior. Este cambio estuvo impulsado principalmente por un aumento significativo de los bonos (37% respecto a 2019). En 2020, los municipios concentraron la mayor parte de la deuda (65%), mientras que los departamentos representaron el 35% restante. Bogotá se mantuvo como el departamento más endeudado con una participación del 24% de la deuda total. Le siguieron Medellín, Antioquia y Barranquilla que conjuntamente representaron casi el 35% de la deuda total.

En el contexto del estado de emergencia (Decreto 417/2020), se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (o "FOME" en español). El FOME se financió con recursos del fondo de ahorro de regalías (COP 12 billones), también llamado "Fondo de ahorro y estabilización" (FAE). Esto permitió que los recursos acumulados en este fondo para mitigar los efectos de la fluctuación de los precios de los recursos naturales no renovables estuvieran disponibles para atender la emergencia sanitaria y económica. Otros recursos financieros de los gobiernos subnacionales, como los provenientes del Fondo Territorial de Pensiones "FONPET", también fueron destinados a financiar el FOME (COP 3.000 millones). Aunque el FOME se financia con recursos de los gobiernos locales, el manejo del fondo es administrado en su totalidad por el gobierno central.

PLANES DE ESTIMULACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL: En 2020, el gobierno nacional aprobó un plan económico de reactivación para paliar los efectos de la crisis económica de Covid-19 para el periodo 2021-2026. La estrategia cuenta con un presupuesto de unos 38.000 millones de dólares, lo que supone alrededor del 12,5% del PIB. La estrategia pretende crear 2 millones de puestos de trabajo, reforzar el apoyo a los hogares y a las empresas, incentivar el crecimiento económico especialmente en los sectores del transporte y la minería y garantizar la vacunación contra el Covid-19 a 35 millones de colombianos. También se espera que fomente el crecimiento económico traducido en dos puntos porcentuales del PIB.

En septiembre de 2021, el Congreso aprobó una reforma fiscal denominada "Ley de Inversión Social" (Ley 2155). Se aprobó durante un periodo crucial de dificultades económicas provocadas por la crisis sanitaria de Covid-19. La reforma se centra en la recuperación económica y en el aumento de los ingresos públicos necesarios para financiar los programas sociales. La reforma introdujo algunos programas para reactivar la economía como: Programa de Ingreso Solidario, Programa de Apoyo al Empleo Formal, incentivos para la creación de nuevos puestos de trabajo, eliminación de las tasas en la enseñanza superior y el transporte. Otras iniciativas un impuesto de normalización a nivel nacional, días sin IVA (tres días al año) y un mecanismo de devolución automática del IVA.

Bibliografía


Indicadores socioeconómicos

Fuente Institución/Autor·a Enlace
Indicadores de desarrollo mundial Banco Mundial
Perspectivas de la población mundial Naciones Unidas
Estadísticas demográficas y sociales Naciones Unidas
Tasa de desempleo por sexo y edad ILOSTAT
Índice de Desarrollo Humano (IDH) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; Informes sobre Desarrollo Humano
Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE

Indicadores socioeconómicos

Fuente Institución/Autor·a
Indicadores de desarrollo mundial Banco Mundial
Enlace: https://data.worldbank.org/indicator/
Perspectivas de la población mundial Naciones Unidas
Enlace: https://population.un.org/wpp/
Estadísticas demográficas y sociales Naciones Unidas
Enlace: https://unstats.un.org/unsd/demographic-social/index.cshtml
Tasa de desempleo por sexo y edad ILOSTAT
Enlace: https://ilostat.ilo.org/data/
Índice de Desarrollo Humano (IDH) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; Informes sobre Desarrollo Humano
Enlace: http://hdr.undp.org/en/content/human-development-index-hdi
Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE
Enlace: https://www.dane.gov.co/index.php/en/

Datos financieros

Fuente Institución/Autor·a Enlace
Estadísticas de las cuentas nacionales de la OCDE OCDE
Estadísticas de ingresos de la OCDE Colombia OCDE
OCDE (2020) Gobiernos subnacionales en los países de la OCDE OCDE
Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE

Datos financieros

Fuente Institución/Autor·a
Estadísticas de las cuentas nacionales de la OCDE OCDE
Enlace: https://stats.oecd.org
Estadísticas de ingresos de la OCDE Colombia OCDE
Enlace: https://stats.oecd.org/" target="_blank
OCDE (2020) Gobiernos subnacionales en los países de la OCDE OCDE
Enlace: https://stats.oecd.org
Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE
Enlace: https://www.dane.gov.co/index.php/en/

Otras fuentes de información

Fuente Institución/Autor·a Año Enlace
Boletín de Resultados Índice de Desempeño Fiscal 2020-Nueva Metodología DNP 2021
Informe de comportamiento del recaudo Sistema General de Regalias 2019-2020 DNP 2021
Reflexiones sobre Ordenamiento y Desarrollo Territorial en Colombia RIMISP- GIZ- DNP 2020
Resguardos Indígenas a Nivel Nacional 2020 Datos abiertos Gobierno de Colombia 2020
Viabilidad Fiscal Territorial Ministerio de Hacienda y Crédito Público 2020
Escáner de gobernanza pública de la OCDE Colombia OCDE 2019
Descentralización asimétrica: Implicaciones políticas en Colombia OCDE- Estudios de gobernanza multinivel 2019
- Gobierno colombiano 2019
Decreto 2106 2019 Gobierno colombiano 2019
Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Gobierno colombiano 2018
Ley 1617 de 2013 Gobierno colombiano 2013
El proceso de descentralización en Colombia proyecto gobernanza subnacional para el desarrollo territorial en los Andes RIMISP 2011

Otras fuentes de información

Fuente Institución/Autor·a Año
Boletín de Resultados Índice de Desempeño Fiscal 2020-Nueva Metodología DNP 2021
Enlace: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Desarrollo%20Territorial/Bolet%C3%ADn%20de%20Resultados%20%C3%8Dndice%20de%20Desempe%C3%B1o%20Fiscal%202020_ET.pdf
Informe de comportamiento del recaudo Sistema General de Regalias 2019-2020 DNP 2021
Link: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/Documentos%20GFT/Informe%20de%20comportamiento%20del%20recaudo%20del%20SGR%202019-2020%20_%20A%C3%B1o%202019.pdf
Reflexiones sobre Ordenamiento y Desarrollo Territorial en Colombia RIMISP- GIZ- DNP 2020
Enlace: https://www.rimisp.org/wp-content/uploads/2020/12/REFLEXIONES-SOBRE-ORDENAMIENTO-Y-DESARROLLO-TERRITORIAL-EN-COLOMBIA_00.pdf
Resguardos Indígenas a Nivel Nacional 2020 Datos abiertos Gobierno de Colombia 2020
Enlace: https://www.datos.gov.co/dataset/Resguardos-Ind-genas-a-Nivel-Nacional-2020/epzt-64uw
Viabilidad Fiscal Territorial Ministerio de Hacienda y Crédito Público 2020
Enlace: https://minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-169782%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased
Escáner de gobernanza pública de la OCDE Colombia OCDE 2019
Enlace: https://www.oecd.org/gov/Colombia-Scan-Final-English.pdf
Descentralización asimétrica: Implicaciones políticas en Colombia OCDE- Estudios de gobernanza multinivel 2019
Enlace: https://www.oecd.org/colombia/Asymmetric_decentralisation_Colombia.pdf
- Gobierno colombiano 2019
Enlace: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=96110
Decreto 2106 2019 Gobierno colombiano 2019
Enlace: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=103352
Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Gobierno colombiano 2018
Enlace: https://www.dnp.gov.co/DNPN/Paginas/Plan-Nacional-de-Desarrollo.aspx
Ley 1617 de 2013 Gobierno colombiano 2013
Enlace: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=51601
El proceso de descentralización en Colombia proyecto gobernanza subnacional para el desarrollo territorial en los Andes RIMISP 2011
Enlace: https://www.rimisp.org/wp-content/files_mf/135965783013.pdf